Cookies utilizadasObligatorias
Estas cookies son necesarias para el funcionamiento del sitio web y no pueden ser desactivadas en nuestros sistemas. En general, sólo se establecen en respuesta a acciones realizadas por usted que equivalen a una solicitud de servicios, como establecer sus preferencias de privacidad, iniciar sesión o rellenar formularios.
Cookies utilizadas Obligatorias
Desde la publicacion de la ley 15/2005, de 8 de julio, supuso la entrada en España del Divorcio de Mutuo Acuerdo, en el que ambos conyuges pueden acordar los términos en que será disuelto el matrimonio, teniendo las siguientes ventajas:
1.- Se inicia por uno de los conyuges con permiso o consentimiento del otro conyuge.
2.- Es necesario un abogado y procurador.
3.- Es necesario acudir al Juzgado a ratificarse en la demanda y es sumamente rápido.
Para ello es necesario que siga esos pasos
Bien puede Usted acudir personalmente, en horario de atención al público, o bien telefónicamente, acompañando la siguiente documentación:
DIVORCIO SIMPLE
LIQUIDAR SOCIEDAD DE GANANCIALES
En caso de no poder acudir personalmente, rellene formulario que se adjunta, aportando la documentación anteriormente citada y escaneada a la cuenta de correo info@estevezdominguezabogados.com
DESCARGAR FORMULARIO DIVORCIO EXPRESS
2.- ELABORACIÓN CONVENIO REGULADOR:
Recibida la información, les enviaremos una o varias propuestas de Convenio Regulador, en las que Usted puede examinar el contenido de las mismas, modificar y cambiar los extremos del mismo, debidamente asesorados por miembros de este despacho.
3.- RATIFICACION DEL CONVENIO REGULADOR:
Una vez se haya llegado a un acuerdo del Convenio Regulador se presenta en el juzgado, siendo citados ambos conyuges para que presten su ratificación, extremo éste que serán acompañados por el procurador, y finalmente se dictará sentencia que se les enviará e inscribirá en el Registro Civil.